Multas en el extranjero, ¿deben pagarse?

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Las multas en el extranjero llegarán con más facilidad o, al menos, eso es lo que se está intentando desde el Parlamento Europeo. Tal y como ha informado el Parlamento Europeo (CEA), se ha aprobado la Directiva 2011/82/UE por la que se facilita la información transfronteriza sobre infracciones de tráfico.

¿Llegarán las multas del extranjero?

Lo cierto es que en principio, con esta transferencia de datos, los conductores que sean multados en la Unión Europea no se librarán de recibir las multas.

Y, aunque parezca que este tipo de multas nunca llega, CEA ha notificado que cada vez más conductores reciben infracciones hechas en países como Francia, Portugal, Hungría o Croacia. Lo que se debe pagar por cada multa es lo estipulado en el país en el que se haya cometido la infracción.

multas en el extranjero

¿Cómo afecta este cambio de normativa?

El intercambio de datos que ha sido aprobado afecta a ocho infracciones de tráfico:

  • Exceso de velocidad.
  • No utilizar el cinturón.
  • Falta por no frenar en un semáforo en rojo.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol.
  • Conducir bajo la influencia de drogas.
  • No utilizar un casco.
  • Conducir por un carril prohibido.
  • Utilizar ilegalmente un teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce.

¿Qué debo hacer si recibo una multa del extranjero?

CEA desglosa una serie de opciones que nos parece interesante compartir con vosotros:

  • Identificar al conductor si el vehículo pertenece a una persona jurídica.
  • Pagar la multa: hacer uso de los medios de pago que prevé el documento con los descuentos previstos en el mismo.
  • Presentar recurso: en este caso los motivos de recursos en muchos casos suelen ser muy reducidos (perdida de la documentación, robo del vehículo o de sus placas, venta del vehículo, identificación de otro conductor, etc.) y difieren según cada país.

¿Y si no pagamos la multa?

La consecuencia de no pagar una multa del extranjero es que se proceda al cobro de la misma a través de los mismos trámites que se imponen en la legislación española. También existe la posibilidad de recurrila aunque es complicado ganarla y, si se pierde el recurso, se deberá abonar la cantidad íntegra de la multa (sin reducción). Acabamos con un dato que es interesante en este punto, las multas inferiores a 70€ nunca se exigirá que sean pagadas.

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